Están alcanzados por la VUCE los organismos gubernamentales que tengan injerencia en las operaciones de comercio exterior, así como las entidades del sector privado y los operadores de comercio exterior inscriptos en los Registros Especiales Aduaneros.

A través de la resolución general 3.599, la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) establece la Ventanilla Única de Comercio Exterior (VUCE) con el objetivo de facilitar y agilizar las transacciones internacionales y lograr así una mayor calidad, eficiencia, armonización y rapidez en los procesos y controles que realizan las entidades que intervienen en las operaciones de comercio exterior.

La normativa establece las pautas para generalizar la implementación del mecanismo de facilitación de la VUCE, la cual constituye la única vía de ingreso y tratamiento de la información relativa a operaciones de comercio exterior.
De acuerdo a la resolución general están alcanzados por la VUCE los organismos gubernamentales que tengan injerencia en las operaciones de comercio exterior, así como las entidades del sector privado y los operadores de comercio exterior inscriptos en los Registros Especiales Aduaneros.

La Ventanilla Única de Comercio Exterior (VUCE) se crea dentro de los lineamientos estratégicos que rigen el Plan Nacional de Gobierno Electrónico.

Las recomendaciones 33, 34 y 35 de la Comisión Económica para Europa de las Naciones Unidas invitan a los Estados a establecer Ventanillas Únicas considerando:

• Permitir a los importadores/exportadores la presentación de información y documentos estandarizados en un solo punto de entrada, cumpliendo con todos los requisitos relacionados con importaciones, exportaciones y tránsito de mercaderías.
• Información electrónica transmitida una sola vez.
• Intercambio de información entre las distintas agencias de gobierno.
• Proveer controles e inspecciones coordinadas entre las distintas agencias y autoridades gubernamentales.
• Compartir información, preservando la privacidad y seguridad en el intercambio de datos.
• Permitir el pago automático de impuestos y otros cargos.

En tanto que la Organización Mundial de Aduanas (OMA) considera que el concepto de ventanilla única es parte de la “gestión coordinada de fronteras”, que es el término que emplea la organización para describir los esfuerzos mundiales tendientes a optimizar y simplificar los sistemas y procedimientos de gestión de fronteras.
En la actualidad existen ventanillas únicas en Alemania, Colombia, Estados Unidos, Finlandia, Ghana, Guatemala, Japón, Malasia, Senegal, Suecia y Brasil.

Fuente: Infobae

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